En fechas recientes, un cliente mío, vino a mi despacho, porque se le estaba terminando el permiso de residencia, por ser familiar de comunitario. Es decir, la residencia temporal. Su nacionalidad, era argentina.
Las circunstancias, entre el inicio de la formalización de la relación, y el desenlace, años después, aunque de mútuo acuerdo, y preservando la amistad, fué para uno de ellos, mi cliente, de nacionalidad argentina, casi mortal.
Ellos se casaron de mutuo acuerdo, en París, y la otra parte, que era de nacionalidad portuguesa, inscribió el matrimonio en un Registro Civil de Portugal.
Por avatares de la vida, la convivencia, que no la amistad entre ellos, hizo que el ciudadano portugués, se fuese a vivir a Madrid, y el argentino, a Barcelona.
Ellos, de mutuo acuerdo, puesto que llevaban más de tres años de convivencia, en el momento de la separación, quisieron formular un divorcio de mutuo acuerdo, pero ello, y siempre en base a lo que me decía mi cliente argentino, no era posible, más bien imposible, por un error formal, en la transcripción y formalización actualizada, del matrimonio en París.
Ante esta situación, y antes de que caducara la tarjeta de residencia, por ser familiar de comunitario, de mi cliente argentino, solicité para mi cliente, la nacionalidad española, que siguió su curso normal.
Se intentó renovar la residencia, por ser familiar de comunitario, intentando explicar el error formal de las autoridades parisinas en la transcripción y formalización del matrimonio, pero fue del todo imposible. Un debate estéril, ante la oficina de extranjería de Barcelona.
Ante esta situación, y tras la notificación del RESUELTO NO FAVORABLE, del recurso de reposición, y en plazo para interponer contencioso administrativo, decidimos desistir del procedimiento, y solicitar su ARCHIVO, que sin ningún problema, fue aceptado por la oficina de extranjería de Barcelona.
Por suerte, y poco tiempo después, un par de meses a lo sumo, salió la concesión de nacionalidad española, y, lo que pudo ser un desastre, previo las formalidades correspondientes, se pudo salvar, y poner solución de forma legal, a una situación, que se tornaba imposible de resolver.
