Cuando hablamos de una renovación temporal de una tarjeta de residencia, esta se puede solicitar desde los 60 días anteriores, y 90 posteriores a la fecha de la caducidad de la tarjeta de residencia.
Hay, clientes, hay personas, que pretenden proceder a la renovación cuanto antes, es decir, los primeros días que se puede hacer, ya facilitan la documentación al abogado.
Éste, el abogado, por deseo expreso del cliente, y porque este se lo ha ordenado así, procede con el trámite de renovación cuanto antes, porque así se lo ha ordenado el cliente. Con frecuencia, en el mejor de los casos, que se da con frecuencia, sale una RESOLUCIÓN FAVORABLE, pero tiene la tarjeta vigente y antigua sin caducar.
No hay que caer en el error, de que cuanto antes consigamos, cita previa, para ir a hacer las huellas a la policía nacional, será mejor para nosotros, sobre todo si esta cita previa, es anterior a la caducidad de la tarjeta de residencia vigente, porque de ser así, si nos dirigimos a la policía nacional, con una cita previa anterior a la caducidad, de la tarjeta de residencia vigente, la policía nacional, no va a proceder a realizar unas huellas, para una tarjeta de residencia nueva, hasta que vayamos con una cita previa para huellas, posterior a la fecha de caducidad de la tarjeta de residencia vigente, y en vigor hasta la fecha de caducidad de la tarjeta, TIE, que se pretende renovar.
Hay que ir con cuidado, antes de que nos llevemos una sorpresa, por querer hacer las cosas cuanto antes.
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