Exámen de cultura y lengua para la obtención de la nacionalidad española

Para la obtención de la nacionalidad española, el Ministerio de Justicia, establece unos años de residencia, que son mayores o menores, dependiendo del país de orígen. Este post, no trata de ser enunciativo de los países que optan por una vía abreviada, aunque por ser breves, podríamos decir, que los países latinoamericanos, sefardís, Guinea Ecuatorial y Andorra, serían dos años, y el resto de países que no tienen el español, como idioma oficial, serían 10 años. Los primeros, sólo tienen que hacer un examen de cultura, y los segundos, al no ser el español, idioma oficial en sus países de orígen, un examen de lengua española, nivel A2, y el instituto Cervantes, ofrece un curso y examen, el nivel Dele A2.

A la hora de hacer los exámenes, empieza la picaresca entre algunos emigrantes. Algunos, piden que les solicites una dispensa, porque alegan analfabetismo, y puede ser, en personas de más de 50 años, que han nacido en zonas rurales, de Marruecos, o Argelia, donde no había una enseñanza generalizada, puede que tengan problemas de comprensión lectora, pues puede que la poca enseñanza que recibieron fuera en lengua árabe. Puede ser, y los abogados, no estamos para investigar la vida personal de cada uno de nuestros clientes, pero el Ministerio de Justicia, se muestra comprensivo, con este segmento de población, y les permite realizar, un examen adaptado de forma oral, con estudio a través de audios.

Lo que no va a permitir el Ministerio de Justicia, y desde mi punto de vista con buen criterio, será la no realización y acreditación de un examen de lengua española. Parece lógico, si predicas la voluntad de obtener la nacionalidad del país donde resides, és lógico, que la autoridad gubernativa te exija al menos, un nivel, el A2, de comprensión y de expresión, del país que te quieres nacionalizar, y, en este punto el Ministerio de Justicia, también se muestra comprensivo, y realiza exámenes adaptados, a personas con cierto grado de analfabetismo, o comprensión escrita de la lengua española.

A partir de aquí, todo parece lógico. El problema surge, cuando aparecen terceros que afirman, que el examen de lengua, de cultura, o ambos, no son necesarios, y se lo hacen creer al emigrante, y te hacen actuar, conforme lo que dice un falso abogado, que actúa como » gurú «.

En estos casos, has de dejar bien claros, que actúas conforme lo que te dice el cliente, y en contra de tu voluntad . Estas peticiones de nacionalidad, están abocadas al fracaso, y el » falso gurú » abogado, desaparece, haciendo perder a nuestros clientes, tiempo y dinero, aunque tu, hallas obrado, conforme a lo que tu cliente, de forma errónea, te ha querido hacer creer, lo que un supuesto » gurú abogado » especialista en nacionalidad y extranjería, le ha hecho creer a tu cliente, pero que te ha utilizado a ti, para hacer la petición de nacionalidad española, por los motivos que sean. Aquí no voy a entrar.

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