Con 195 votos a favor de los 344 votos emitidos, 33 abstenciones y 116 votos en contra, la proposición de ley sobre «concesión de nacionalidad española a las y los saharauis» nacidos bajo la administración española». La iniciativa, de l Grupo Sumar, ha superado su toma en consideración en el Pleno del Congreso.
La iniciativa ha salido adelante con el apoyo de todos los grupos parlamentarios a excepción de Vox, que se ha abstenido, y el Socialista, que ha votado en contra. El resultado es idéntico al de la pasada legislatura, cuando también se debatió y sometió al trámite de toma en consideración. Aquella proposición de ley, entonces registrada por Unidas Podemos, decayó con el adelanto electoral.
La discrepancia entre ambos grupos frente a este asunto se traduce en una nueva brecha entre los socios del Ejecutivo, dadas las discordancias existentes sobre las relaciones que mantiene el Gobierno con Marruecos.
En la anterior legislatura, el PSOE fue el único grupo que votó en contra de la toma en consideración de esta misma iniciativa. En este curso, ya se han producido varias derrotas de los socialistas también por el mismo asunto, concretamente con una iniciativa del PP pidiendo a Pedro Sánchez que regresase a la postura tradicional con el Sáhara.
Al igual que hace tres años, los socialistas se han posicionado en contra de la medida alegando cuestiones de carácter jurídico, mientras que en Vox han alegado «desconfianza hacia el grupo proponente».
La norma defendida por Sumar consta de dos artículos, una disposición adicional y cinco disposiciones finales. El artículo 1 establece los requisitos para la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a los saharauis. En virtud del apartado 1 del artículo 21 del Código Civil, se exigen una serie de “circunstancias excepcionales”. En este sentido, la proposición de ley, entiende que estas se dan en los saharauis nacidos en el territorio del Sáhara Occidental antes del 26 de febrero de 1976, aun cuando no dispongan de residencia legal en nuestro país, y para ello, pueden acreditarlo con alguna de las siguientes documentaciones:
- Documento Nacional de Identidad español, aunque estuviera caducado, con verificación de la identidad por parte de los servicios de la Dirección General de la Policía.
- Certificado de inscripción en el censo español de 1974 o en el censo para el referéndum del Sáhara Occidental expedido por las Naciones Unidas.
- Certificado de nacimiento expedido por las autoridades saharauis de los campamentos de refugiados en Tinduf y legalizado por la Representación del Frente Polisario en España.
- Partida de nacimiento, libro de familia o documentos que acrediten la condición de empleado público expedidos por la administración española en el Sáhara Occidental
- Cualquier otro documento de una autoridad administrativa española que acredite el nacimiento en el Sáhara Occidental antes del 26 de febrero de 1976.
También se otorgaría la nacionalidad según el texto actual a los descendientes en primer grado de consanguineidad que hayan adquirido la nacionalidad española por carta de naturaleza conforme a la presente iniciativa en un plazo de cinco años, a contar desde la inscripción en el Registro Civil de la adquisición de la nacionalidad española.
El Pleno del Congreso debatió el pasado martes, la toma en consideración de una ley que Unidas Podemos ya llevó al Pleno del Congreso en 2023, aunque decayó con el adelanto electoral, y que ahora han defendido los diputados de Sumar Tesh Sidi (Más Madrid) y Enrique Santiago (IU). Ambos han reivindicado la «deuda histórica» que tiene España con el pueblo saharaui y la «pequeña reparación» que supone esta norma tras el «daño causado» por entregar el Sáhara a Marruecos.
Frente al discurso de la diputada de origen saharaui, el socialista Sergio Gutiérrez ha mostrado su discrepancia, aunque ha reconocido que este asunto en un debate «complejo y sensible«, y admite que existe un «agravio comparativo» con el pueblo saharaui.
Pero el PSOE cree que este asunto va más allá de los «lazos emocionales» porque se trata de un acto jurídico y no comparte el procedimiento propuesto por su socio de Gobierno, ya que no ve pertinente que una entidad privada como el Frente Polisario, no reconocida por Marruecos, certifique la documentación necesaria para la nacionalidad, aunque se escuda, y se parapeta en la misma, sin formular enmienda a la propuesta, y desestimando documentación española de la época.
A juicio del PSOE, un buen punto de partida, sería la propuesta aprobada en el año 2016 para «equiparar el proceso del Sáhara al de Guinea Ecuatorial» en lo relativo a la obtención de la nacionalidad española.
El resto de grupos parlamentarios del Congreso, excepto VOX que se abstuvo, y el PSOE, que votó en contra, formularon objeciones a la bancada socialista, así, Maribel Montero, diputada del PNV, apremió al PSOE, a poner fin al «incumplimiento de la legalidad internacional», y las resoluciones de Naciones Unidas, en la que considera está incurriendo el Estado español como potencia administradora, tras su retirada del Sahara.
En sus intervenciones, PP, EH Bildu y ERC han pedido al grupo Socialista y al Gobierno que no vuelvan a meter en «congelador» una iniciativa sobre esta materia, en alusión a, entre otras, la Iniciativa Legislativa Popular para la regularización de inmigrantes tomada en consideración por el Congreso hace meses y que como decenas de iniciativas legislativas de otros grupos permanece atascadas en sus comisiones con permanentes ampliaciones del plazo de enmiendas . «Esperamos que en esta ocasión se finalice el trámite», afirmó Carmelo Barrio, del Partido Popular, y recordó, que un estado empieza a carecer de sentido, cuando ni tan siquiera reconoce, a aquellos que estuvieron bajo la administración española, sea con nacionalidad o no de esta.
El diputado de Junts Josep Pagès ha calificado la iniciativa como «justa» y desde su formación consideran que «debe tramitarse«, pero creen que desde Sumar deberían haber presentado la misma, como proyecto de Ley.
Los populares y los abertzales también han coincidido en la necesidad de debatir aspectos como los plazos durante el proceso de enmiendas. «Si es un derecho, no puede tener límites. Pero esto es un debate que esperamos tener durante el proceso legislativo», ha defendido Jon Iñarritu (EH Bildu).
Los argumentos del PSOE, básicamente fueron:
- Argumentaron, basándose en una sentencia del Tribunal Supremo de 2020, que no se les puede otorgar la nacionalidad española a los saharauis carta de naturaleza, porque según el PSOE, ni son « son nacidos en España, a efectos de nacionalidad, ni nunca lo fueron, quienes nacieron en un territorio durante la etapa en la que fue colonia». Hecho este que se contradice, porque hubo saharauis que si fueron reconocidos como españoles, con su DNI, y pasaporte, antes de abandonar España el Sáhara a su suerte, en 1976.
- Aluden a las contradicciones jurídicas ad hoc, que pudieren producirse. «Corremos el riesgo de caer en alguna contradicción jurídica», sin especificar de forma clara, cuales serían.
- Por último, reconocen dudas que organizaciones privadas en la zona, en clara referencia al Frente Polisario, y obviando de legitimidad a la delegación de Naciones Unidas en la zona, la MINURSO, y que luego, a su criterio puedan legitimar los documentos que certificarían de manera automática la carta de naturaleza, y en consecuencia, la nacionalidad.
La proposición avanza ahora a su siguiente fase parlamentaria con el deseo de las asociaciones, y en apariencia, de la mayoría de los grupos parlamentarios de que esta no sea víctima otra vez de las continuas ampliaciones del plazo de enmiendas.
El plazo del que dispondrán los interesados para solicitar la nacionalidad sería de dos años desde la entrada en vigor de la ley, aunque se prevé la posibilidad de que, resolución del Ministerio de Justicia mediante, se prolongue otro año más.
La solicitud habrá de dirigirse a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, del Ministerio de Justicia; y junto a ella, se deberán remitir los documentos acreditativos anteriormente citados y la certificación vigente acreditativa de la ausencia de antecedentes penales, legalizada o apostillada, y en su caso, traducida, correspondiente a los países en los que haya residido en los últimos cinco años. En este sentido, también se aceptaría una justificación de la imposibilidad de obtenerla.
Acto seguido, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública solicitará el preceptivo informe a Interior y Presidencia para dictar la resolución en un plazo de 12 meses.
Dictada la resolución, el interesado contará con un año para solicitar la inscripción en el Registro Civil y realizar ante el Encargado del mismo las manifestaciones legalmente procedentes relativas al juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes. Si transcurre el plazo, el procedimiento caducará.
Por último, la iniciativa recoge una modificación del artículo 22 del Código Civil para incluir a los saharauis.

