En ocasiones, ser progenitor de un hijo español, cuando en condiciones normales, sería un título válido para conseguir un arraigo familiar por circunstancias excepcionales, puede volverse en nuestra contra, cuando el o la solicitante, tiene antecedentes penales o policiales no cancelados, y ser por si mismos, causa de denegación del arraigo familiar por circunstancias excepcionales por la oficina de extranjería que tramite el expediente.
En este requerimiento, de la oficina de extranjería de Barcelona, se puede ver bien claro, cuando se otorga a la persona afectada, un plazo de 10 días, para la cancelación, de ser posible, de los antecedentes policiales preexistentes, de ser posible.
