Archivo por desistimiento

Aunque los abogados de extranjería, no nos cansamos de decir, o deberíamos de decir hasta la extenuación a nuestros clientes, que en régimen general, las renovaciones, se pueden presentar desde los 60 días antes , hasta los 90 días después de la fecha de caducidad de la tarjeta o permiso de residencia, no debemos creer los abogados, es más, nunca debemos creer los abogados, que nuestros clientes nos van a hacer caso, y proceder, presuponiendo eso, que nos hacen caso, porque sino, lo que puede suceder, que lo que deberían ser 2 meses máximo a la fecha de caducidad del permiso de residencia, son dos meses y once días, y ello conllevaría, aunque el fondo del asunto, fuera correcto, una inadmisión a trámite, por contravenir el elemento formal, y en consecuencia, la pérdida del permiso de residencia, aunque sea una tercera renovación.

Si eso ocurre, porque todos somos humanos, y el expediente ha sido admitido a trámite, cabe una solución, desistir del mismo, mediante escrito en la misma plataforma Mercurio, en el expediente, y a través de escrito motivado a la oficina de extranjería de que se trate, por Red Sara, y a partir de aquí, rezar, y que la oficina de extranjería correspondiente se apiade de nosotros, y nos otorgue el desistimiento del expediente erróneamente empezado, y luego ya, de forma posterior, y en el plazo de 60 días antes a la caducidad del expediente, volver a presentarlo otra vez, pero sin ningún atisbo de error formal.

Recomendación: Nunca es creáis lo que os dicen vuestros clientes, aunque fuera de buena Fe, pues entiendo que nadie quiere el mal para si mismo.

Photo by Tima Miroshnichenko on Pexels.com

Wait, does the nav block sit on the footer for this theme? That's bold.

Spanish Reason

About spanish nationality

Explore the style variations available. Go to Styles > Browse styles.